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Desde los constitucionalistas vascos -los que queremos tener una Constitución propia para Euskal Herria como cualquier otro País democrático- pensamos que si esos políticos españoles tuviesen la inteligencia política necesaria para resolver los problemas políticos democráticamente, en vez de generar más conflicto y aplicar medidas más propias de dictaduras, estarían propugnando la aplicación del artículo 150.2 de su Constitución transfiriendo o delegando -al menos en el caso vasco y catalán- lo previsto en el artículo 149.1.32º referido a la autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. (more…)
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