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Al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, a partir del 26 de octubre de 2017: Bonificación del 100% en cuota de contingencias comunes durante un año por la contratación por parte del autónomo de sus familiares, devolución de oficio por parte de la Seguridad Social del exceso de cotización en las situaciones de pluriactividad, posibilidad de que el autónomo continúe cobrando toda su pensión y siga en activo si tiene al menos un trabajador contratado, medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, facilidades para la contratación por el autónomo de hijos con discapacidad, reconocimiento de los accidentes in itinere, acceso a programas específicos de formación.
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