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Comme les États-Unis lont signalé au Groupe spécial, les États-Unis et plusieurs autres parties aux négociations ont clairement dit, à lépoque où le document W/120 a été proposé, que, même si les Membres étaient encouragés à suivre la structure générale du document W/120, ce dernier na jamais été censé lier les Membres aux définitions de la CPC, ni à aucune autre nomenclature spécifique, et que la composition de la liste ne faisait pas lobjet de négociations.
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No admitimos, como parece haberlo hecho el Grupo Especial, que por el solo hecho de haber pedido la elaboración y distribución de estos documentos y haberlos utilizado en la preparación de sus ofertas, las partes en las negociaciones los hayan aceptado como acuerdos o instrumentos referentes al tratado. En realidad, existen indicios de lo contrario. Como señalaron los Estados Unidos ante el Grupo Especial, los Estados Unidos y varias otras partes en la negociación expresaron claramente, cuando se propuso el documento W/120 que, si bien se alentó a los Miembros a que utilizaran la estructura general del documento W/120, nunca se tuvo la intención de obligarlos a utilizar las definiciones de la CPC ni ninguna otra nomenclatura específica, y que la composición de la lista no era tema de negociación. Del mismo modo, la Nota explicativa que sirve de introducción a las propias Directrices para la consignación en Listas parece contradecir en este aspecto al Grupo Especial, ya que dispone expresamente que, aunque tiene por objeto ayudar a las personas encargadas de consignar en listas los compromisos, esa ayuda no [debe] entenderse como una interpretación jurídica autorizada del AGCS.
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