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Los estudios de grabación, los duplicadores de cassettes, los fabricantes de CD y la mayoría de los demás negocios de fabricación en Texas pueden calificar para una exención del impuesto a las ventas sobre electricidad. La electricidad utilizada directamente en la fabricación de un producto para su venta al menudeo (como la fabricación de una cinta maestra de grabación de sonido) está exenta. Los usos gravables de la electricidad incluyen ensayos, funciones diarias de la oficina, marketing, etc. La electricidad utilizada por alguien que alquila un estudio de grabación también es gravable. Con el fin de determinar la elegibilidad para la exención, un estudio de grabación u otro fabricante debe contratar a un ingeniero, generalmente por una tarifa plana, que realiza un estudio de "uso predominante". Si ese ingeniero determina que más del 50 por ciento de la electricidad se utiliza en la grabación de una cinta maestra de audio u otro proceso de fabricación, entonces esa electricidad está exenta del impuesto estatal a las ventas. Una vez que un fabricante completa un estudio de uso predominante, presenta a su compañía de servicios públicos un certificado de exención para documentar el reclamo de exención de su negocio. La Regla 3.295 del Contralor de Cuentas Públicas indica cómo realizar un estudio.
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